Alberto Fiallo defiende sentencia TC y enumera “defectos” del diseño constitucional de RD
EXPRESO DIGITAL, SANTO DOMINGO.- El autor de la acción directa de inconstitucionalidad elevada contra la Ley 20-23, sobre Régimen Electoral y los requisitos para ser candidato a algún puesto de elección popular en el país, Alberto Fiallo, defendió la decisión del Tribunal Constitucional que elimina varios postulados de la referida legislación.
En declaraciones exclusivas para el espacio “Cátedra Jurídica”, que conduce el doctor Manuel Conde, el jurista enumeró algunos “defectos” en el diseño de la Constitución dominicana, los cuales abarcan desde la composición de importantes órganos del Estado, hasta la sustitución del presidente o vicepresidente de la República, siempre orientados en los partidos políticos.
“Vacantes de senadores y diputados, eso es un defecto en el diseño constitucional. Incluyendo la sustitución del presidente y vicepresidente, eso es un defecto en el diseño constitucional. ¿Por qué?, porque lo que debe ocurrir si falta el presidente y el vicepresidente, es que tengamos elecciones”, ponderó.
El jurisconsulto fue más lejos en su planteamiento y dejó claro que los ciudadanos no votan por los partidos políticos, sino las personas que se postulan a los diversos puestos de elección. “Nosotros no votamos por el partido, nosotros votamos por esa persona o por su sustituto. Entonces, eso es un defecto del diseño constitucional”.
No hay un solo argumento que invoque un principio o un derecho, y esta discusión es de principios y de derechos”, agregó el togado.
Otro de los ejemplos que de acuerdo al catedrático universitario es “un defecto del diseño constitucional” es la elección de los diputados nacionales, donde se distribuyen las los cinco escaños y alcanza a los partidos que no lograron representación congresual, añade que “eso no toca a las candidaturas independientes”.
No hay democracia sin partidos políticos
Pese a su defensa férrea de la participación política sin la necesidad de un partido político como plataforma, Alberto Fiallo reconoce que la democracia se sustenta en los partidos políticos, pues aduce que no hay estabilidad democrática sin ellos.
Agregó que los partidos políticos deben ser fuerte, a los fines de seguir siendo garantes de la democracia, aunque añade que esa fortaleza partidaria “no puede ir en detrimento” del derecho que tienen los ciudadanos de participar en la dirección de los asuntos públicos del Estado.
Indicó que la sentencia evacuada por el Constitucional obliga a los partidos a presentar mucho mejor oferta electoral, pues quienes decidas inscribir una candidatura independiente podrán hacerlo.
Alberto Fiallo fue el impulsor de la acción elevada ante el Tribunal Constitucional, que luego dio alteaste a la sentencia TC/0788/24, mediante la cual se eliminan los artículos 156 y 157 de la Ley Electoral, eliminando así una serie de requisitos y preceptos para la inscripción de candidaturas a puestos de elección popular.
La decisión provocó discusiones jurídicas a favor y en contra de la acción, donde unos defienden la potestad del Congreso para legislar, agregando que incluso el TC se excedió en sus facultades. Mientras, otros lo definen como lo definen como un acto de principio democrático, que abre puertas a más participación en la política.