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TC elimina penalización de relaciones homosexuales en la Policía y Fuerzas Armadas

EXPRESO DIGITAL, SANTO DOMINGO. – En un precedente sin precedentes para los derechos humanos en el país, el Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucionales las normativas que criminalizaban las relaciones sexuales consentidas entre personas del mismo sexo dentro de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas.

La decisión, contenida en la sentencia TC/01225/25, deja sin efecto el artículo 210 de la Ley 285 y el artículo 260 de la Ley 3483, que establecían penas de prisión para oficiales y alistados que mantuvieran relaciones homosexuales, aun en el ámbito privado.

El TC concluyó que estas disposiciones violaban derechos fundamentales consagrados en la Constitución, al constituir una forma de discriminación por orientación sexual, interferir en la intimidad, restringir el libre desarrollo de la personalidad y afectar el derecho al trabajo de los miembros de ambas instituciones.

El alto tribunal también determinó que dichas normas resultaban incompatibles con tratados internacionales de derechos humanos suscritos por la República Dominicana, y que no existía justificación constitucional ni legal para mantener este tipo de penalización.

El camino del recurso

La acción de inconstitucionalidad fue presentada por Anderson Javiel Dirocie de León y Patricia M. Santana Nina, quienes alegaron que las sanciones vulneraban los principios de igualdad, dignidad humana y privacidad.

Tanto la Procuraduría General de la República como el Senado de la República respaldaron la solicitud. La Cámara de Diputados, sin embargo, se abstuvo de fijar una postura sobre el fondo.

Votos disidentes

Aunque la sentencia fue aprobada por mayoría, no estuvo exenta de criterios divergentes.

  • La magistrada Eunisis Vásquez Acosta opinó que las normas ya estaban derogadas y que, por tanto, el recurso había perdido objeto. 
  • La jueza Army Ferreira manifestó dudas sobre la falta de precisión respecto a otras sanciones penales aún vigentes en el ordenamiento jurídico. 

Un hito para los derechos LGBTIQ+ en instituciones castrenses

Con este fallo, el Tribunal Constitucional reafirma que la orientación sexual no puede ser motivo de persecución, sanción ni exclusión dentro de la función pública, particularmente en cuerpos castrenses y policiales tradicionalmente marcados por fuertes restricciones disciplinarias.

La sentencia se suma a los avances en materia de igualdad y protección de derechos en la República Dominicana, abriendo paso a un marco institucional más respetuoso de la diversidad humana y de los principios constitucionales.

Expreso Digital

Expreso Digital es un diario comprometido a informar con veracidad y precisión, manteniendo un firme apego a los principios de la ética periodística.

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